Semanas cotizadas IMSS 2026: consúltalas gratis y calcula cuántas te faltan para tu pensión
Tus semanas cotizadas son la llave de tu pensión, tu Afore y tu crédito Infonavit. Con nuestra calculadora gratuita descubre en segundos si te corresponde la Ley 73 o la Ley 97, cuántas semanas llevas aproximadamente y cuántas te faltan para pensionarte.
Herramienta gratuita
Calculadora: tu ley, tus semanas y cuántas te faltan
Responde dos preguntas y te mostramos tu ley de pensión, tus semanas aproximadas con barra de avance y el requisito exacto que aplica. Es una estimación orientativa — el número exacto vive en tu reporte oficial del IMSS.
🔒 No guardamos ni enviamos ningún dato: todo el cálculo ocurre en tu propio navegador. Tu reporte oficial con el número exacto es gratuito en el portal del IMSS.
Guía de pensiones
¿Qué son las semanas cotizadas y por qué son tu tesoro?
Cada semana que trabajas formalmente, tu patrón la reporta al IMSS y se suma a tu historial. Ese contador — tus semanas cotizadas — es el requisito de entrada para pensionarte, pero también abre puertas mucho antes del retiro:
| ¿Para qué cuentan tus semanas? | Detalle |
|---|---|
| Tu pensión | Son el requisito mínimo: 500 (Ley 73) o el requisito creciente de la Ley 97 que llega a 1,000 en 2031. |
| Crédito Infonavit | La continuidad laboral y las semanas alimentan tus puntos de precalificación. |
| Incapacidades y invalidez | Varias prestaciones exigen un mínimo de semanas recientes para tener derecho. |
| Retiros de tu Afore | El retiro por desempleo descuenta semanas: conviene saber cuántas tienes antes de usarlo. |
| Tu historial laboral | El reporte detalla patrones, periodos y salarios: sirve como comprobante de experiencia. |
El número exacto está en tu reporte oficial 📊
Con tu NSS, tu CURP y un correo lo obtienes en PDF. ¿No tienes alguno de esos documentos o el portal te rechaza? Lo resolvemos contigo hoy mismo.
La comparación completa
Ley 73 vs Ley 97: así cambia tu pensión
🏛️ Ley 73 — el régimen anterior
- Quién: cotizaste por primera vez antes del 1 de julio de 1997.
- Requisito: mínimo 500 semanas cotizadas.
- Cálculo: con el promedio salarial de tus últimas 250 semanas — por eso conviene terminar tu vida laboral con buen salario registrado.
- Edad: desde los 60 años (cesantía, con porcentaje) hasta el 100% a los 65 (vejez).
- Ventaja: puedes mejorarla con Modalidad 40.
🏦 Ley 97 — el régimen de Afore
- Quién: empezaste a cotizar a partir del 1 de julio de 1997.
- Requisito: creciente desde la reforma de 2021 — sube 25 semanas por año hasta fijarse en 1,000 semanas en 2031.
- Cálculo: con el saldo acumulado en tu Afore (aportaciones + rendimientos).
- Red de seguridad: si cumples semanas pero tu saldo es bajo, existe la pensión garantizada.
- Clave: revisa tu Afore y haz aportaciones voluntarias: cada peso de hoy son varios en tu retiro.
Hazlo hoy
Cómo consultar tu reporte oficial de semanas cotizadas
- Reúne tu trío: NSS, CURP y un correo electrónico. ¿No tienes tu NSS a la mano? Recupéralo gratis con tu CURP — te explicamos cómo en nuestra guía del NSS.
- Entra al portal del IMSS y elige "Constancia de semanas cotizadas". Captura tus datos y confirma tu correo.
- Descarga tu reporte en PDF. Detalla tu total de semanas, cada patrón, tus periodos y los salarios registrados.
- Revísalo con lupa. ¿Faltan periodos que sí trabajaste, hay salarios mal registrados o sospechas que tienes dos NSS? Se corrige con una aclaración ante el IMSS — y es crucial hacerlo antes de iniciar tu pensión.
Resolvemos tus dudas
Preguntas frecuentes sobre las semanas cotizadas
¿Cómo sé cuántas semanas cotizadas tengo?
Con tu NSS, CURP y correo descargas gratis tu reporte oficial en el portal del IMSS. Para una estimación instantánea mientras tanto, usa nuestra calculadora gratuita.
¿Cuántas semanas necesito para pensionarme en 2026?
Ley 73: 500 semanas. Ley 97: el requisito de 2026 es de 875 semanas (sube 25 por año hasta fijarse en 1,000 en 2031). En ambas, además, se requiere la edad: 60 años para cesantía o 65 para vejez.
¿Cómo sé si soy Ley 73 o Ley 97?
Todo depende de tu primera cotización: antes del 1 de julio de 1997 → Ley 73; a partir de esa fecha → Ley 97. Nuestra calculadora te lo dice al instante con solo el año de tu primer trabajo formal.
¿Qué es la Modalidad 40 y me conviene?
Es la continuación voluntaria para personas Ley 73: aportas por tu cuenta con un salario registrado mayor para subir el promedio de tus últimas 250 semanas y multiplicar tu pensión. Tiene plazos de vigencia estrictos, así que conviene evaluarla con asesoría antes de dejar de cotizar mucho tiempo.
¿Si dejo de trabajar pierdo mis semanas?
Las semanas no se borran, pero puede vencer tu "vigencia de derechos". La ley de conservación permite reactivarlas: al volver a cotizar formalmente durante cierto periodo, tu historial completo vuelve a contar para la pensión.
¿Los retiros por desempleo de mi Afore me quitan semanas?
Sí: el retiro parcial por desempleo descuenta semanas cotizadas en proporción a lo retirado. Se pueden reintegrar devolviendo el monto, lo cual conviene evaluar si estás cerca del requisito para pensionarte.
¿Qué hago si mi reporte tiene errores o tengo dos NSS?
Se presenta una aclaración de semanas ante el IMSS con tus documentos laborales, o la unificación de NSS si tus semanas están divididas en dos números. Valida tu NSS en nuestra guía del NSS y si prefieres acompañamiento, aquí lo revisamos contigo →
¿Qué documentos me pedirán para iniciar mi pensión?
El expediente típico: identificación oficial, CURP, NSS, estado de cuenta Afore, comprobante de domicilio, cuenta bancaria y tu Constancia de Situación Fiscal con RFC — sí, el SAT también aparece en tu pensión. Ten todo al día con nuestras guías de la CURP, el RFC y la constancia.
Tu retiro se construye con papeles en orden 📊
Reporte de semanas, NSS, CURP, RFC y constancia: te ayudamos a tener todo tu expediente al día hoy mismo, con asesoría completa y trato humano.